Los eventos, mesas redondas, seminarios,
foros y otros donde los analistas políticos comentamos los pormenores de las
próximas elecciones se han naturalmente multiplicado con su proximidad.
Destacan las visiones pesimistas sobre la legitimidad que logren los comicios,
si ya empiezan mal con la crisis que el INE acaba de atravesar. Todos hemos
destacado varios elementos en los que coincidimos; sin embargo, me ha llamado
la atención un punto que algunas colegas señalan al menos de positivo sobre la
nueva normatividad, que es el relativo a las cuotas de género, a través de las
cuales al fin se generalizó la obligación para los partidos de que la mitad de
sus postulaciones sean de candidatas. Me mostraba yo escéptica cuando las oía,
sin entrar en más reflexión, por lo que hoy quiero profundizar el tema con
ustedes, como pretexto además de que el domingo pasado fue el día de la mujer,
y curiosamente me topé entre las colaboraciones sobre el mismo con un rechazo
explícito precisamente en el sentido contrario de las famosas cuotas, por un
distinguido articulista. ¿Qué se puede decir al respecto?
Si partimos de reconocer la desigualdad
social entre hombres y mujeres y la obligación del Estado de construir y
desarrollar políticas públicas para contratacarla, y para proteger a las
mujeres de suerte a darles las mismas oportunidades de desarrollo e impedir que
sean objeto de maltrato, abuso y discriminación, su entrada en el mundo del
poder por un lado sienta un precedente de igualdad, y por otro lado
favorece la implementación de tales
políticas. Sin embargo esta entrada ha venido siendo lenta. No podía ser de
otro modo, si recordamos que apenas se autorizó el voto femenino a nivel local
en algunas entidades del país en los años veinte del siglo pasado, y a nivel
federal en 1953. Tuvimos la primera gobernadora en época del Presidente Luis Echeverría
y la primera ministra con José López Portillo.
La lucha de las mujeres por su
representación política empezó así a conquistar la normatividad electoral, de
forma tal que se impusieron también gradualmente las cuotas de género que para
2010, fíjense eran de 50/50 a nivel local en tan sólo ocho entidades, cinco de
los cuales las imponían para diputados tanto de mayoría absoluta como de
representación proporcional, y tres sólo para los de representación
proporcional. En nueve estados más, las cuotas eran de 60/40, y todavía en once
de 70/30.
En este sentido no se puede negar el avance
logrado, el cual comprende además el que con el tiempo se ha ido evitando las
trampas en las que incurrían los partidos para cumplir sus cuotas de género y
salvarse de sanciones, de presentar fórmulas de candidatas propietarias mujeres
con suplentes hombres, a quienes de ganar les entregaban a menudo su curul. El
fenómeno, recuerdan, se conoció como el de las Juanitas y se prohibió.
Igualmente se avanzó en lo referente a los lugares poco favorecedores de las
mujeres en las listas de candidatos plurinominales, y se dio solución a los
casos de candidaturas producto de elecciones primarias en los partidos, las
cuales afectaban las cuotas de género.
Este avance muy probablemente lleve a más
mujeres a la Cámara de Diputados, en tanto la política de cuotas ya ha elevado por
ahora a más de 35% el número de legisladoras, que de 2006 a 2009 eran poco más
del 20% (que es el porcentaje medio actual de mujeres en congresos estatales;
mientras hay únicamente 7% de presidentas municipales, cuando eran menos del 4%
en 2005). Cabe señalar sin embargo que la diferencia de sus porcentajes, con
las cuotas entonces vigentes, radica en que las candidatas mujeres, según estudios que se han realizado, han venido
sido designadas en distritos perdedores por partidos como el PAN y el PRI, mas
no por el PRD, y como ya se indicó en posiciones menos importantes en las
listas plurinominales. Ahora bien, el primer punto no lo ha podido controlar la
normatividad vigente, como no ha podido controlar el buen uso del presupuesto
destinado a los partidos para el empoderamiento de la mujer, como no ha podido
controlar que en el Congreso las legisladoras tengan posiciones tan importantes
como las de los hombres en sus cuerpos y comisiones. Tampoco ha podido
controlar, dicho sea de paso, la incorporación que se ha pretendido de las
mujeres en todos los niveles de gobierno. En los municipios, por ejemplo,
diversas ONG velan por una representación femenina, la cual supuestamente se
acepta; no obstante, las mujeres son relegadas a funciones propias de su sexo,
según una posición de hecho conservadora.
Es por ello que
veo con escepticismo la política de
cuotas de género. Recuerdo que una investigación de Costa Rica (aclaro) que
presentó un profesor en algún congreso, hacía referencia en el mismo tenor que
planteo a que las legisladoras mujeres no defendían precisamente políticas de
género, y aún podían posicionarse en contra de los intereses de las mujeres si
estos chocaban con aquellos que las habían colocado en ese lugar. Esto me hace
pensar varias cosas, las cuales presento con reservas.
Así, llamo a considerar el carácter
discriminatorio que tiene para los hombres el vérseles negada por ejemplo una
postulación en ciertos casos en que con mayores méritos y perfil se les niega
para dejar entrar a mujeres con el objetivo de cubrir una cuota. Lo mismo
sucede en la administración pública, si bien cabe indicar que las mujeres no
escalan en general hasta puestos elevados. Menos del 20% de las secretarías de
estado son ocupadas por ellas, e igualmente cubren menos del 15% de las
subsecretarías.
A pesar de ello me ofende como mujer, y
quizás confieso porque soy una tercera generación de mujeres en el mercado de
trabajo, el que tanto mujer pueda tener privilegios para obtener un puesto. La
discriminación positiva quizás es
necesaria para el avance de grupos en exclusión, pero puede resultar también
dañina. Un ejemplo de otro tipo, pero quizás ilustrativo, son las ventajas para
entrar en una universidad norteamericana que puede tener una mujer, de una
minoría, digamos latinoamericana, con alguna discapacidad. Esta política desde
luego no redunda en el nivel académico de la institución, como tampoco redunda
en los organismos internacionales, por mencionar otro ejemplo, la composición diferenciada y obligatoria de sus
integrantes.
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